lunes, 23 de marzo de 2015

Actividad 1.4

Actividad 1.4

1. La jerarquía de las distintas leyes en España y en qué radica las diferencias entre ellas.

La jerarquía normativa implantada por la Constitución Española de 1978 es la siguiente, y las encontramos ordenadas de mayor a menor importancia:

·         Constitución Española.
·         Los Tratados Internacionales.
·         La Ley: La Ley Ordinaria y La Ley Orgánica.
·         El Real Decreto-Ley.
·         El Real Decreto Legislativo.
·         Los Reglamentos.
·         Las normas de las Comunidades Autónomas.
·         Las normas de las entidades locales.

Las diferencias entre ellas comienzan con la ley principal, la Constitución. Ésta es la ley fundamental y prevalece sobre el resto de las normas, a partir de la constitución surgen y evolucionan las demás leyes o normas. En cuanto a los Tratados Internacionales son convenios entre estados que se someten a cumplir determinadas obligaciones. La diferencia entre Ley Orgánica y  Ley Ordinaria es que ésta, rige en un estado aplicándose a todas las personas, y por tanto, no trata de regular a un organismo o institución del Estado. El Real Decreto Legislativo no tiene rango de Ley, solo se puede equiparar a un reglamento. Mientras que un Real Decreto Ley tiene rango de Ley, pero para poder adoptarse, deber presentarse una situación de urgencia, hay restricciones en cuanto a las materias que legisla y el poder legislativo debe ratificarlo en un plazo determinado. Los Reglamentos desarrollan y articulan las medidas recogidas en las normas con rango de ley, para que puedan ser llevadas a la práctica.

2. la estructura de las leyes en España

Podemos dividir una ley en: titulo, parte expositiva y parte dispositiva: esta parte se divide en libros, títulos capítulos, secciones, artículos, los apartados, las letras y la parte final de la ley.

 3. El proceso de elaboración de las leyes (proceso legislativo)

LA FUNCIÓN LEGISLATIVA
La primera función del Congreso es la legislativa, esto es, la aprobación de las leyes, se comprende la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.
Iniciativa legislativa
Publicación y toma en consideración
Presentación de enmiendas
Debate de totalidad en el pleno
Deliberación en comisión
Debate y votación en sesión en sesión plenaria
Debate votación sobre los votos y enmiendas del Senado
Sanción y publicación oficial de las leyes
Procedimientos legislativos especiales
Autorizaciones y otros acuerdos del Congreso
Iniciativa legislativa
La iniciativa se ejerce ante el Congreso de los Diputados, que de esta forma es la primera Cámara en conocer los proyectos y proposiciones de ley. La única excepción es la iniciativa del Senado, donde también cabe la formulación de proposiciones de ley, si bien, tras la toma en consideración, deben remitirse al Congreso, donde se inicia la tramitación propiamente dicha.
El Gobierno es, de hecho, quien de todos estos sujetos presenta más iniciativas. Tiene, además, reconocida una iniciativa exclusiva en el caso de los Presupuestos Generales del Estado.
Publicación y toma en consideración
Tras la presentación se produce la publicación oficial del proyecto o proposición de ley de que se trate. Cuando la iniciativa se deba a los Diputados, a las Asambleas de las Comunidades Autónomas o a los ciudadanos, debe remitirse el texto al Gobierno a efectos de que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración.
Presentación de enmiendas
Al tiempo que se publica un proyecto de ley presentado por el Gobierno, o tras su toma en consideración, en el caso de las proposiciones de ley, se abre un plazo de quince días para presentar enmiendas, que pueden ser a la totalidad o parciales al articulado. Las primeras sólo pueden formularse por los Grupos Parlamentarios.
Debate de totalidad en el Pleno
Terminado el plazo de presentación de enmiendas, puede producirse un primer debate en sesión plenaria si se presentan enmiendas a la totalidad del proyecto o proposición de ley. De esta forma, este debate tiene un carácter eventual, pues sólo se realiza cuando se formula una de estas enmiendas.
Deliberación en Comisión
Concluido el informe de la ponencia, comienza el debate en Comisión. Las reuniones de las Comisiones no son públicas, pero a las mismas asisten los medios de comunicación social debidamente acreditados. Terminado el debate, la Comisión emite un dictamen con el texto que propone. Los grupos parlamentarios cuyas enmiendas no hubieren sido aceptadas pueden mantenerlas para su discusión y votación en el Pleno.
Debate y votación en sesión plenaria
Esta fase plenaria se omite en numerosos casos, merced a la aplicación del procedimiento especial de competencia legislativa plena de Comisión, que determina que tras su aprobación por la Comisión el proyecto de ley pase directamente al Senado.
Debate votación sobre los votos y enmiendas del Senado
El Senado puede aprobar, en relación con los textos legislativos remitido por el Congreso, vetos (suerte de enmiendas a la totalidad) o enmiendas al articulado. Unos y otras deben someterse a una aprobación ulterior del Congreso de los Diputados, que decide así sobre el texto definitivo.
En el caso del veto, se somete a ratificación el texto originario aprobado por el Congreso, necesitándose a este efecto el voto de la mayoría absoluta de Diputados dentro de los dos primeros meses, o la mayoría simple una vez transcurrido este plazo. Las enmiendas del Senado al articulado sólo necesitan la mayoría simple para su aceptación por la Cámara y su consiguiente incorporación al texto definitivo.
Sanción y publicación oficial de las leyes
Una vez que el Congreso se ha manifestado sobre las enmiendas o vetos del Senado, la ley queda aprobada, haciéndose definitivo su texto. Lo mismo ocurre cuando la Cámara alta aprueba un proyecto sin introducir modificaciones. La ley debe someterse acto seguido a los trámites de sanción y promulgación por el Rey y a su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Procedimientos legislativos especiales
Junto al procedimiento anterior, el Reglamento del Congreso cuenta con otros procedimientos especiales. Tal es el caso de los relativos a los proyectos de leyes orgánicas, a los Presupuestos Generales del Estado, a los Estatutos de Autonomía, a la reforma constitucional, a la competencia legislativa plena de las comisiones y a la lectura única.
Su principal particularidad es que deben someterse a una votación final del pleno sobre el conjunto del texto, en la que se requiere la mayoría absoluta para su aprobación.
Autorizaciones y otros acuerdos del Congreso
Además de la aprobación de las leyes en sentido estricto, el Congreso de los Diputados interviene en otra serie de decisiones de gran importancia para el Estado.
Así, convalida o deroga los decretos-leyes dictados por el Gobierno por razones de extraordinaria y urgente necesidad, lo que debe hacerse directamente por el Pleno de la Cámara dentro de los treinta días siguientes a su promulgación. No obstante, esta función es asumida por la Diputación Permanente cuando el Congreso esté disuelto o haya expirado su mandato.
Autoriza, conjuntamente con el Senado, la prestación del consentimiento para que el Estado pueda obligarse por medio de tratados o convenios internacionales.
Autoriza, en su caso, la propuesta del Presidente del Gobierno para la celebración de un referéndum consultivo sobre alguna cuestión política de especial trascendencia.

4. Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política educativa
Las Políticas Públicas  se pueden entender como el ámbito privilegiado de realización del “pacto” entre Estado y sociedad. Un nuevo papel del Estado, en el sentido de hacerlo más ágil y organizador. Aquí podemos rescatar el sentido participación entre estos dos actores, pero el objetivo final de beneficio a la sociedad es como lo veremos más adelante un punto que muchas veces queda olvidado, de aquí el fracaso de muchas Políticas Públicas.

Cabe resaltar que no todo es asunto público y de lo público no todo se convierte en política y, actualmente asuntos públicos están siendo atendidos solamente y únicamente por el gobierno.

Las Políticas Públicas son “el conjunto de actividades de las instituciones de gobierno, actuando directamente o a través de agentes, y que van dirigidas a tener una influencia determinada sobre la vida de los ciudadanos

Las Políticas Públicas tienen que ver con el acceso de las personas a bienes y servicios. Consisten, precisamente, de reglas y acciones que tienen como objetivo resolver y dar respuestas a la multiplicidad de necesidades, intereses y preferencias de grupos y personas que integran una sociedad. Esto es lo que generalmente se conoce como “agregar demandas”, de forma tal que al final, las soluciones encontradas permitan que personas y grupos coexistan a pesar de sus diferencias.

Generalmente se tienen instrumentos para plantear e impulsar las Políticas Públicas, dependiendo del tipo de actores que intervienen éstos puede variar. Para el caso del gobierno a través de sus instituciones al elaborar una propuesta se basan en los siguientes aspectos:

Las normas jurídicas. Es a través de las normas jurídicas que los poderes públicos autorizan y establecen las  actividades que constituyen las políticas, y también, limitan la discrecionalidad en el actuar de los que la elaboran y ejecutan. Es decir,  basarse en todo tipo de norma y ley establecida.

Los servicios de personal. Elaborar las políticas requiere infraestructura humana, organizativa y de material.

Los recursos materiales.  Destacan principalmente los financieros ya que son lo que suelen ser más restringidos.

La persuasión.  Los ciudadanos consideran al gobierno como legítima expresión de la interpretación mayoritaria de los intereses generales de la sociedad. Es por esto, que se debe responder correctamente a las demandas sociales, ya que el gobierno como ente debe velar por los intereses de los que están bajo su tutela.



Políticas educativas

Las políticas educativas son instrumentos del estado, ya sea para corregir situaciones indeseables o para fomentar la formación de nuevos valores y prácticas.


Una política educativa incluye al menos tres elementos, estos son: una justificación para considerar el problema a ser abordado, un propósito a ser logrado por el sistema educacional, y una “teoría de la educación” o conjunto de hipótesis que explique cómo será alcanzado ese propósito.

El propósito de una política de educación puede estar asociado con los fines de la educación y puede ser trazado a partir de la teoría económica, de la ética, tradición, la religión…

Una vez creada el propósito oficial de toda política educacional es afectar a la práctica de la educación.

Una política de educación podría ser creada por organizaciones internacionales, organizaciones privadas y ONGs, pero también podría ser originada por gobiernos locales o nacionales mediante un cuerpo legal (ley, decreto)

Encontramos diferentes organismos internacionales como la UNESCO, Unicef…




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